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Las novedades de la Renta, en "Días D Andalucía"

Antonio Gallardo, experto financiero del comparador online Banqmi, ha explicado lo que hay que tener en cuenta ante la apertura del periodo de presentación de la declaración de la Renta esta misma semana.

31 marzo 2024

La declaración de la renta está a la vuelta de la esquina. Este año, con el adelanto de la Semana Santa, la fecha oficial para presentar la declaración arranca el próximo miércoles el 3 de abril. Una cita a la que tienen que asistir casi todos los españoles. Así las cosas Días D Andalucía ha querido conocer las novedades para este año con Antonio Gallardo, experto financiero del comparador online Banqmi.

Como todos los años, la renta trae novedades para los españoles que tendrán que rendir cuentas al fisco antes del 1 de julio de 2024. Como siempre, la declaración puede hacerse por internet, pero también existe la opción de pedir cita telefónica o presencial para lo que habría que esperar al mes de mayo. 

Uno de los principales aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de hacer la declaración de la renta es que no todos somos iguales. Al fin y al cabo, no es lo mismo un trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena; una persona joven que una pensionista; estar desempleado; tener una hipoteca o un alquiler. Cada perfil tiene sus desgravaciones y casuísticas concretas que hay que tener en cuenta.

De ahí que este experto pida a todos los que reciban estos días el borrador de la Renta "tomarse unos días para revisarlo y en caso de duda consultar" y no aceptarlo automáticamente por la prisa de que nos devuelva Hacienda. 

Los autónomos son uno de los colectivos para los que más novedades hay en esta convocatoria. Una de las principales es que todos los autónomos están obligados a presentar la renta independientemente de que hayan tenido pérdidas o ganancias. Asimismo, se eleva el porcentaje de los gastos de difícil justificación del 5% al 7%. "Es importante señalar que solo tienen derecho los autónomos que realicen actividades profesionales, no empresariales, y que lo hagan por el régimen de estimación directa, quedando por tanto excluidos los que lo hagan por módulos", recuerda Antonio Gallardo.

"Aunque el autónomo reciba información sobre parte de sus gastos y rendimientos esta es incompleta y debe realizar siempre una comprobación y verificación adecuada para evitar errores y el engorro de realizar rectificaciones o declaraciones complementarias", explica el experto de Banqmi.

Los perceptores del Bono de Alquiler Joven también tendrán que declarar esos ingresos que "como la mayoría de las ayudas se consideran incremento de patrimonio".

Hay que recordar que están obligados a presentar su declaración los trabajadores por cuenta ajena que hayan tenido rendimientos superiores a los 22.000 euros anuales con un solo pagador y de 15.000 euros anuales si tiene más de uno y siempre que el segundo o los demás pagadores superen los 1.500 euros anuales.

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