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Obligaciones y sanciones de la Ley de Bienestar animal

La norma ha entrado este viernes en vigor aunque con parte del reglamento sin aprobar por estar el Gobierno en funciones. Por el momento no será obligatorio el curso de tenencia de perros ni el seguro de responsabilidad civil.

CANAL SUR MEDIA 29 septiembre 2023

La ley de bienestar animal, que ha entrado este viernes en vigor a medio gas a la espera de reglamento, incluye una lista de obligaciones y sanciones de hasta 200.000 euros además de prohibiciones como dejar sin supervisión a las mascotas, usarlas en espectáculos públicos o someterlas a trabajos excesivos.

La nueva norma prohíbe el maltrato y abandono de mascotas. Por el momento no será obligatorio el curso de tenencia de perros ni el seguro de responsabilidad civil a la espera de un reglamento que no ha podido aprobarse porque el Gobierno está en funciones.
No está permitido el sacrificio de animales de compañía en los centros de protección animal y no podrán ser sacrificados por falta de espacio o por motivos económicos.
La eutanasia estará permitida bajo criterio veterinario cuando el bienestar del animal esté comprometido.

Las tiendas que comercializan gatos, hurones y perros tendrán que dejar de venderlos, porque solo podrán adquirirse desde un criador; la normativa recoge un plazo transitorio de doce meses a los establecimientos para que se adapten.

La ley establece sanciones económicas que van desde los 500 a los 200.000 euros dependiendo de la gravedad de la infracción.

El objetivo de esta ley es proteger a los animales domésticos y a las especies silvestres que están bajo el cuidado humano; evitar el maltrato y abandono y promover la adopción y tenencia responsable.
La normativa excluye a los perros de caza y a los de otras actividades profesionales.

¿QUÉ SE CONSIDERA ANIMAL DE COMPAÑÍA?
 
Además de los perros, gatos y hurones los incluidos en un listado elaborado por Ministerio de Derechos Sociales; asimismo los de producción que hayan sido inscritos por sus titulares como animales de compañía.
Los animales de compañía no podrán dejarse sin supervisión durante más de tres días consecutivos; en el caso de los perros, el límite de tiempo es menor, no más de veinticuatro horas consecutivas.

Los dueños de las mascotas deben garantizar servicios sanitarios, recurrir a un profesional de comportamiento de animales cuando existan problemas de convivencia, evitar la reproducción indiscriminada o manejarlos con métodos que no les causen sufrimiento.

INFRACCIONES GRAVES

Será infracción grave utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción, así como su uso como reclamo publicitario sin autorización.
También el abandono de uno o más animales, la no denuncia de la pérdida o sustracción del animal y dejar de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos.

Se considera muy grave el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros ejemplares o personas.
También la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.
Los circos dejarán de usar animales silvestres en cautividad en sus espectáculos; dispondrán de un plazo transitorio de seis meses para modificar su actividad y entregar sus ejemplares a centros de recuperación de animales silvestres u otros espacios que garanticen su bienestar.
Estará prohibido utilizar a los animales de forma ambulante lo cual no quita para que se mantenga el derecho de las personas sin hogar a vivir con sus animales de compañía.

También estará prohibido someter a los animales a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo e intensidad.
No podrá utilizarse ningún artilugio, mecanismo o utensilio que limite o impida la movilidad del animal salvo por prescripción veterinaria atendiendo a su bienestar.

Entre las excepciones que quedan fuera de la norma están la cabra de la Legión, que podrá seguir desfilando el 12 de octubre, y la mula o el buey de los belenes vivientes.

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