sentencia del constitucional
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Miguel Ángel Serrano abandona la cárcel tras la anulación de su condena por los ERE

El que fuera director de la agencia IDEA ha abandonado la prisión después de que el Constitucional anulara su condena de seis años de cárcel por los ERE.

El tribunal acepta parcialmente el recurso de la defensa tras la condena de la Audiencia de Sevilla a seis años y medio por un delito de prevaricación y a 17 años de inhabilitación. El Tribunal Supremo confirmó su condena.

La sentencia contó con siete votos a favor de la mayoría progresista y cuatro en contra de los magistrados del ala conservadora

CANAL SUR MEDIA 2 julio 2024

El ex director general de la Agencia IDEA Miguel Ángel Serrano ha salido este martes de la cárcel de Sevilla, horas después de que el Tribunal Constitucional haya anulado la condena de prisión por malversación que cumplía por el caso de los ERE de Andalucía.

Acompañado de su abogado defensor, Juan Carlos Alférez, Serrano ha abandonado sobre las 20:50 horas el centro penitenciario, en el que permanecía desde el pasado 2 de enero del 2023 para cumplir una condena de seis años y seis meses de prisión por malversación.

La salida de prisión del que fuera director general de la agencia encargada de pagar las ayudas de los ERE se produce horas después de que la Audiencia de Sevilla haya ordenado su puesta en libertad, una vez anticipado por correo electrónico el fallo de la sentencia dictada en su recurso de amparo ante el Constitucional. A su salida se mostraba agradecido con el tribunal por la decisión adoptada.

EL TC ACEPTA EL RECURSO

El tribunal ---por siete votos frente a cuatro-- ha aceptado parcialmente el recurso que presentó la defensa del excargo de IFA/IDEA al considerar que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo interpretaron mal el delito de prevaricación y vulneraron su derecho a la presunción de inocencia. No obstante, el Pleno no ha admitido la queja que planteó sobre la anticipación del fallo.

Esta decisión del tribunal ha contado con los votos particulares de los magistrados del ala conservadora Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa y de la magistrada Concepción Espejel. Según ha informado el TC, también hay un voto concurrente de la magistrada del ala progresista María Luisa Segoviano.

Cabe recordar que Serrano Aguilar fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla a seis años y medio por un delito de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación y a 17 años de inhabilitación. El Tribunal Supremo confirmó su condena.

Tanto la Audiencia de Sevilla como el Supremo consideraron que Serrano Aguilar firmó, en su calidad de director general del IFA/IDEA, convenios particulares con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social para el pago de ayudas sociolaborales y empresas en crisis con cargo a los fondos de la partida presupuestaria 440 del programa 3.1 L de las respectivas leyes de Presupuestos.

NO APRECIA ARBITRARIEDAD EN LOS CONVENIOS

Ahora, el Constitucional fija que ambos tribunales realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, prohibida por el derecho a la legalidad penal.

Según el tribunal, aunque las firmas de convenios particulares puedan ser consideradas resoluciones recaídas en asunto administrativo, no puede apreciarse que incurran en arbitrariedad porque estaban amparadas en las leyes de Presupuestos de Andalucía 2002-2009.

Los magistrados sostienen que "no puede" decirse que la actuación amparada en las leyes de presupuestos, concretamente en el programa 3.1 L, es ilegal cuando esa actuación se lleva a cabo de acuerdo con lo que las memorias de las leyes de presupuestos establecen al respecto.

Así las cosas, el TC entiende que la condena a Serrano Aguilar por el delito de malversación es contraria al derecho a la legalidad penal.

También considera que la condena vulnera su derecho a la presunción de inocencia porque, a su juicio, las sentencias de la Audiencia de Sevilla y del Supremo no argumentaron lo suficiente que el exdirector del IFA fuese quien dispusiera de fondos públicos para fines distintos a los previstos en el programa 3.1 L.

LOS RECURSOS DE LOS ERE

El Pleno ha abordado el caso de Serrano Aguilar después de que el 18 y 19 de junio resolviera los amparos de los exconsejeros José Antonio Viera y Magdalena Álvarez. Al primero le desestimó el recurso porque su argumentación era genérica; a la segunda, le estimó parcialmente el recurso al anular la condena y ordenar a la Audiencia de Sevilla que dictara una nueva sentencia que rebaje la pena.

El Constitucional tiene reservados este miércoles y jueves para continuar deliberando sobre una batería de asuntos, entre los que figuran otros cuatro recursos relativos a los ERE: el del exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el de la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el del exconsejero de Justicia y Administración Pública Jesús María Rodríguez Román y el del exconsejero de Innovación Francisco Vallejo.

Juan Carlos Alférez, abogado defensor de Miguel Ángel Serrano, ha considerado que la exoneración por parte del Tribunal Constitucional del delito de malversación del que fuera director general de la agencia encargada de pagar las ayudas de los ERE "afectará al devenir" de las decenas de piezas por enjuiciar de esta causa.

"La estimación total del recurso de amparo determina la inmediata puesta en libertad de mi cliente y ha sido una enorme satisfacción que el Tribunal Constitucional haya estimado las tesis defensivas que hemos esgrimido desde el inicio de la instrucción hace ya más de trece años", ha explicado a EFE el letrado del despacho Constitución 23.

Según Alférez, la sentencia del Constitucional está "cargada de razón y lógica jurídica" y supone una "redefinición total" del derecho aplicable al caso que, como indicaron las defensas, determina que la inmensa mayoría de los actos cometidos por los condenados "ya no sean actos delictivos".

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