Publicadas las ayudas para la producción y creación de espectáculos flamencos

Redacción 7 enero 2025

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales convoca las subvenciones para el desarrollo y la promoción del flamenco en Andalucía con un presupuesto de 210.000 euros. Las ayudas al tejido profesional del flamenco atenderán la producción y creación de nuevos espectáculos en las modalidades de cante, toque y baile. Así lo publica el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 1, de 2 de enero). El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días a partir del día siguiente al de su publicación.

Podrán solicitar las ayudas las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la producción de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones que estén establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Cuando el solicitante sea una persona jurídica privada deberá tener dentro de su objeto social la creación, producción y comercialización de espectáculos de flamenco y si fuera una persona física deberá dedicarse profesionalmente a la producción, creación y comercialización de espectáculos de flamenco. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro. Las actividades subvencionadas deben comenzar en 2025 y finalizar dentro del año siguiente, es decir 2026.

Las solicitudes serán evaluadas conforme a criterios artísticos y técnicos de valoración tales como el interés cultural y artístico del proyecto; la valoración artística de la trayectoria del equipo artístico y creativo; la adecuación del presupuesto a la actividad objeto de la subvención, y por último la valoración de la capacidad de continuidad y proyección de la compañía. La convocatoria establece a su vez una serie de criterios de valoración cuantitativos como el proyecto artístico; financiación y contrataciones; trayectoria profesional del artista principal, y la consideración que el proyecto tenga de la igualdad de género.

Para poder optar a la condición de beneficiario, las solicitudes deberán obtener un mínimo de 50 puntos en la valoración total del proyecto y al menos 15 puntos en el primer apartado de los criterios artísticos y técnicos. En caso de empate en las puntuaciones totales, serán preferentes las solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en los criterios artísticos y técnicos a valorar por la Comisión, por orden decreciente de importancia.

La subvención que se conceda no puede superar el 75% de los gastos subvencionables del proyecto ni la cuantía de 50.000 euros. En el caso de pago anticipado, se materializará un abono de un primer pago, en concepto de anticipo, tras la resolución de concesión por el 50% de la ayuda concedida y un segundo pago, tras la justificación de su aplicación a la finalidad pretendida, por el 50% restante.

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